Este tipo de créditos está orientado para atender gastos diversos no relacionados con alguna actividad empresarial.
- Puede realizar prepagos o pagos extraordinarios. La amortización se aplicará primero a los cargos, moras, interés y capital.
- El plazo de financiamiento serán de un mínimo de 12 meses y máximo hasta 48 meses.
Condiciones Específicas:
- Personas naturales que perciban ingresos a través de instituciones públicas o privadas con antigüedad laboral no menor a 6 meses. El empleador (instituciones públicas o privadas), deberá contar con una antigüedad no menor a 2 años de funcionamiento.
Requisitos a la solicitud de crédito del socio:
- DNI actualizado del titular, cónyuge y/o aval, según corresponda.
- Último recibo de pago de servicios públicos del domicilio (luz, agua o teléfono).
- Para trabajadores dependientes: 3 últimas boletas de pago.
- Para profesionales y técnicos independientes: recibo por honorarios correspondientes a los 3 últimos meses.
- Documento domiciliario (título de propiedad y/o autovalúo y y/o certificado de posesión o su equivalente).
- En caso de no contar con domicilio propio, presentar un aval con documento domiciliario.
- Declaración jurada de bienes (según formato proporcionado por la cooperativa).
Monto:
El monto del crédito responderá según su nivel de endeudamiento del socio en el sistema financiero, así como a su capacidad de pago y su historial crediticio, por lo que los montos a otorgarse corresponderán a los siguientes tramos:
- Nivel 1: de S/. 300 a S/. 1000
- Nivel 2: de S/.1001 a S/. 3000
- Nivel 3: de S/. 3001 a S/. 5000
- Nivel 4: de S/. 5001 a S/. 10,000
- Nivel 5: de S/. 10,001 a S/. 30,000
- Nivel 6: de S/. 30,001 a S/. 50,000
- Nivel 7: de S/. 50,001 hasta el 5% del patrimonio efectivo.
Plazo:
- Nivel 1: hasta 12 meses.
- Nivel 2: hasta 24 meses.
- Nivel 3: hasta 36 meses.
- Nivel 4: hasta 48 meses.
- Nivel 5: hasta 60 meses.
- Nivel 6: hasta 72 meses.
- Nivel 7: hasta 96 meses.
INFORMACIÓN SEGÚN LEY N° 28587 Y AL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y DISPOSICIONES APLICABLES A LA CONTRATACIÓN DE USUARIO DEL SISTEMA FINANCIERO POR RES. SBS N° 8181-2012. INFORMACIÓN PROPORCIONADA DE CONFORMIDAD A LA RESOLUCIÓN SBS N° 480-2019, ESTAMOS INSCRITOS EN EL REGISTRO COOPAC DE LA SBS. LAS COOPERATIVAS NO CAPTAN RECURSOS DEL PÚBLICO Y LOS DEPÓSITOS DE LOS ASOCIADOS NO ESTÁN CUBIERTOS POR EL FONDO DE SEGUROS DE DEPÓSITOS.
